Evolución de los derechos de los animales: análisis del caso de Estrellita
DOI:
https://doi.org/10.32719/26312484.2024.41.5Palabras clave:
derechos de la naturaleza, derechos de los animales, capacidades, sintiencia, conciencia, particularidadesResumen
Ecuador ha sido pionero en el reconocimiento de derechos, de sujetos diferentes de los que ampara el derecho positivo tradicional, pero no se puede obviar que existen precedentes jurisprudenciales a nivel internacional, como el caso de la orangutana Sandra en Argentina, (2015), el caso del Río Atrato en Colombia (2016), el caso del Río Ganges en India (2017), entre muchos otros, que han estado soportados en distintos argumentos, morales y jurídicos. De modo que interrogantes como: ¿Por qué los ríos deben ser considerados sujetos de derecho?, o ¿por qué los animales deben ser considerados sujetos de derecho? ya tienen argumentos solventes. Ahora la tarea es defnir qué derechos le asisten a cada uno de los seres que componen la naturaleza. La Constitución de Montecristi consagra unos derechos, y la sentencia de Estrellita reconoce expresamente otros, que corresponden a los animales silvestres, como el derecho a la integridad física, el derecho a la salud, el derecho a la alimentación, el derecho al hábitat, el derecho a expresar comportamientos naturales, etc. Sin embargo, existen derechos de miembros de la naturaleza que hoy por hoy carecen de contenido y se encuentran siendo desarrollados. Este artículo, además de plasmar una visión sobre la evolución de los derechos de los animales, pretende defnir dos derechos que fueron reconocidos por la sentencia de Estrellita de forma implícita.
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