Ponderación versus subsunción jurídica: ¿la crisis de la certeza del derecho?
Palabras clave:
TEORÍA DEL DERECHO, INTERPRETACIÓN DEL DERECHO, DERECHO CONSTITUCIONALResumen
El presente artículo pretende poner de manifiesto dos cuestiones básicas en la teoría de la interpretación constitucional relacionadas con el principio de seguridad jurídica y un criterio de certeza en el ordenamiento jurídico. Dichas cuestiones, aunque aparentemente de sobra conocidas por los teóricos, merecen un breve análisis: i) La insuficiencia del método clásico de la subsunción jurídica propugnado desde el positivismo clásico y el formalismo ingenuo, pensado para un tipo de normas (reglas) con autonomía semántica, frente a formas de razonamiento diversas como la ponderación constitucional, óptimas cuando se trata de procurar una solución frente problemas que tienen que ver con normas abiertas y generales como los principios constitucionales; y ii) La superación de la dicotomía subsunción- ponderación como dos cuestiones aisladas que no guardan una relación en materia interpretativa.
This article intends to bring to light two basic issues in constitucional interpretation theory which are related to the principle of legal security and a criteria of certainty in the legal order. Said questions, although apparently sufficiently know by theorists, deserve a brief analysis: i) The inadequacy of the classic juridical subsumption method promoted by classical juridical positivism and the ingenuous formalism conceived for a type of norms (rules) with semantic autonomy, vis a vis diverse techniques such as constitucional weighting, which are optimal when it comes to provide a solution facing problems that are related to general open norms such as constitucional principles; and ii) The overcoming of dichotomy subsupmtionweighting, as two isolated issues that are not related in the interpretive field.
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CESIÓN DE DERECHOS, DECLARACIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES Y DIFUSIÓN
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