El Estado Social de Derecho y la presión política por el cambio
Palabras clave:
DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS, DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES, DERECHO CONSTITUCIONAL, CIVIL AND POLITICAL RIGHTS, ECONOMIC, SOCIAL AND CULTURAL RIGHTS, CONSTITUTIONAL LAWResumen
El autor aborda el tema desde la comparación de dos paradigmas: el Estado de Derecho y el Estado Social de Derecho. El Estado de Derecho responde a una primera concepción histórica de la dignidad, basada en el iusnaturalismo racional, que tiene como fin la protección de la libertad negativa (abstención por parte del Estado), la seguridad y la libertad. A este modelo se le critica por ser formal y hasta, como diría Marx, ser un engaño. El Estado Social de Derecho no abandona los presupuestos anteriores, se basa en una concepción más avanzada de la dignidad, que implica materializar los derechos fundamentales (tanto derechos civiles y políticos como derechos económicos, sociales y culturales), a través de prestaciones del Estado y de garantías judiciales (amparo) para su eficaz cumplimiento.
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CESIÓN DE DERECHOS, DECLARACIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES Y DIFUSIÓN
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