Acuerdo entre España y Ecuador relativo a la regulación y ordenación de los flujos migratorios
Resumen
El Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República del Ecuador, en lo sucesivo Partes Contratantes. Animados por su común afán de reafirmar sus especiales vínculos históricos y culturales mediante el fluido y permanente contacto de sus poblaciones, sobre la base del Convenio de Doble Nacionalidad entre ambos Estados de 4 de marzo de 1964, modificado mediante Protocolo de 25 de agosto de 1995, el Acuerdo sobre supresión de visados de octubre de 1963, y el Convenio sobre Seguridad Social de 1960.
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