Ganador del concurso convocado por la Academia Colombiana de Historia con ocasión del bicentenario del Congreso Constituyente y Legislativo de la Villa del Rosario de Cúcuta, en 2021, el libro lleva por subtítulo De las Juntas de Caracas y Quito al Congreso de la Villa del Rosario, 1810-1821. Escrito a cuatro manos por Ángel Almarza y Santiago Cabrera, el libro se compone de ocho capítulos. En divergencia con su título, cubre el período 1808-1824, desde las renuncias de Carlos IV y su hijo Fernando VII en la ciudad francesa de Bayona, hasta el ordenamiento del antiguo Reino de Quito según la división territorial de la República de Colombia sancionada por la ley del 25 de junio de 1824. El libro se concentra en las jurisdicciones de Venezuela y Quito (Ecuador), sin que figuren capítulos propiamente dichos sobre Nueva Granada (Colombia). La razón, como se detalla adelante, es que Vecinos, ciudadanos, diputados y municipios, más que una historia general de dicho período y horizonte geográfico, es una historia temática o analítica.
En efecto, su tema principal es la evolución de la representación política. En palabras de los autores, estudiaron "los procesos políticos e institucionales que transformaron la vida política de los habitantes de los antiguos territorios de la Capitanía General de Venezuela, el Virreinato del Nuevo Reino de Granada y la Audiencia de Quito". Es decir, la transición del vecino al ciudadano, lo que significa que el venezolano, el granadino y el quiteño devinieron durante esos años en representados políticos, ya no súbditos. En tanto que pueblo soberano (sucesores del rey en virtud de la revolución), los colombianos obtuvieron representación en un nuevo orden político que tomó forma definitiva entre 1808 y 1821, perduró unitario hasta 1830 y fue tan real y contundente que determinó, sin alternativa, la constitución ulterior de Colombia, Venezuela y Ecuador.
Sin evitar la discusión abstracta de las nociones de soberanía popular y representación política, Almarza y Cabrera se concentran en cuatro definiciones operativas, las que les permiten documentar su tema en la bibliografía y los archivos, que por lo tanto leen con provecho: 1. Definición del sujeto representado, esto es, los sucesivos marcos legales de la ciudadanía, tanto en la fase primaria de representado y votante, como en la secundaria y más restrictiva del magistrado por quien se puede votar. 2. Las características de esa representación (cómo se la ejercía y con qué limitantes). 3. Sus espacios territoriales, lo que supone la historia de su expansión geográfica, desde los órdenes municipales hasta el exorbitante horizonte político que fue la Colombia de 1819/1821-1830. 4. Las relaciones entre el representado y el representante, dos formas, siempre diferenciadas, de la ciudadanía originaria entre nosotros.
Aún más en concreto, Vecinos, ciudadanos, diputados y municipios... se resuelve en el estudio ceñido y detallado de sucesivos procesos electorales, con especial atención a sus respectivos reglamentos. Almarza y Cabrera estudian elecciones desde las municipales celebradas en Caracas y Quito desde 1809 hasta las generales y complejísimas para elegir los diputados al Congreso constituyente del Rosario de Cúcuta, sin olvidar las otras capitales y municipios menores, como las habidas en las provincias de Guayana y Antioquia y el departamento del Cauca en 1820.
A mi modo de ver, el libro es, antes que nada, una contribución a la historia electoral de Colombia, Venezuela y Ecuador (sin que pueda decirse lo mismo de Panamá). Como toda historia profesional, el libro presta la atención debida al contexto general de la crisis política de la monarquía hispánica, lo que los hispanoamericanos hemos estudiado como nuestras revoluciones y guerras de Independencia. Y es que no cabe duda de que los autores son discípulos de la nueva historia política hispanoamericana, cuyo origen se remonta a la obra de François-Xavier Guerra, Modernidad e Independencias (Madrid: MAPFRE, 1982).
Almarza, Cabrera y, con ellos, Vecinos, ciudadanos, diputados y municipios son guerristas declarados: citan al maestro de entrada, en el medio y a la salida. Sucede, por cierto, que hacer historia guerrista conlleva decisiones y limitaciones radicales. Para empezar, es historia política, no social. Es también historia conceptual, cuyos argumentos son dictados por definiciones apriorísticas muy precisas. En este caso rigen las de soberanía, representación, pueblo y régimen político, sostenes seculares de toda mesa electoral limpia. Así pues, en Vecinos, ciudadanos, diputados y municipios leemos historia intelectual, y no poco abogadil. Si una buena historia de la ciencia obliga a leer e interpretar textos científicos, la historia política y, más aún, la historia electoral obligan a leer la prosa forense, propia de regidores capitulares, juntistas revolucionarios, diputados constituyentes (desde el Cuerpo Conservador de los Derechos de Fernando VII, en la Caracas de finales de 1810, hasta el Congreso del Rosario de Cúcuta de 1821), legisladores, autores de reglamentos electorales y de quienes se dirijan (o representen) ante los anteriores. Prosa abogadil que requiere de paciencia, tanto para el historiador como para sus lectores.
La historia guerrista conlleva otro inconveniente que, al cabo de tres generaciones (la singular del maestro y dos de discípulos contadas desde 1982) no ha sido superado. Me refiero a la necesidad de repetir cada vez la historia de la crisis de la monarquía hispánica de 1808-1814, su múltiple seguidilla en los cabildos americanos, la trunca revolución liberal española del mismo período, los avatares de las guerras de independencia desde México al Plata, y el también múltiple constitucionalismo criollo. Si esta historia no se repite completa es gracias a cierto uti possidetis iuris historiográfico: argentinos, mexicanos, colombianos y todos los demás la cuentan cada uno por sus propios cabildos, batallas y congresos. Aún así, la tasa de repetición es bastante alta en el guerrismo, pues escriben sobre un mismo tema desde un mismo ángulo.
Quien haga historia guerrista parece condenado a narrarnos de nuevo las prisiones de los reyes y la constituyente fallida de Bayona, la hybris agónica de la Junta de Sevilla, la parábola fugaz de la Central y Gubernativa de España e Indias, las Cortes de Cádiz y versiones reducidas, consideradas suficientes, de las revoluciones, guerras y constitucionalismo americano. Pienso que este primer común es resultado de la persistente condición científica del guerrismo: su esfuerzo permanente por erigirse en paradigma de la historiografía hispanoamericana. Puesto que no lo ha hecho, el historiador guerrista debe repetir cada vez lo que otro ya ha escrito, desde el mismo Guerra. Estoy seguro de que quien escribe esta historia siente el problema tanto como quien la lee.
Almarza y Cabrera, sin duda conscientes de esta condición, se han asegurado de ofrecernos versiones ricas de estos temas comunes. Sobre Bayona han leído una historiografía mucho más extensa de lo que es habitual (desde Carlos Sanz Cid, quien publicara en 1922, hasta E. Matiré, Fernández Sarasola y Franco Pérez, quienes lo hicieron en 2000, 2007 y 2008 respectivamente). Sobre el juntismo americano lo han leído todo, de Guerra a Molina Martínez (2008) y Juan Carlos Rey (2012), sin olvidar a I. Quintero y M. Chust, ni a los ya clásicos como V. Basadre, C. Parra-Pérez y Martínez Garnica. Sobre el Cuerpo Conservador caraqueño de 1811, Almarza hizo una lectura ceñida de la Gazeta de Caracas. Sobre los municipios del Reino de Quito, tanto el capitalino como los de las cinco leguas, y también los de Guayaquil y Cuenca, Cabrera no ignora nada de lo que se ha escrito, desde los historiadores republicanos del siglo XIX hasta los trabajos modernos de Federica Morelli, Guadalupe Soasti y Christian Büschges, sin olvidar la historiografía peruana (V Peralta y H. Bonilla) ni la colombiana (G. Colmenares, J. Gutiérrez Ramos, A. Martínez Garnica).
Así pues, el tratamiento sistemático de una rica bibliografía y el juicioso trabajo de archivo dan novedad a esta nueva historia guerrista. Lo hace más aún la concentración temática en el tema electoral. Su estudio de las elecciones guayanesas de 1820 para el Congreso constituyente del Rosario de Cúcuta (capítulo VII, pp. 188-206) es tan detallado y rico como cabe desear. Igual sucede con el censo constitucional (según la carta gaditana de 1812) ordenado por el presidente Toribio Montes en la jurisdicción del Reino de Quito en 1813 (capítulo III, pp. 86-90); lo propio ocurre con el congresillo de Cariaco de 1817, el no poco estudiado de Angostura de 1819 y las elecciones para el de 1821.
Más aún, donde Vecinos, ciudadanos, diputados y municipios es rico y novedoso en toda ley es en el estudio de los reglamentos electorales circulados y puestos en práctica desde Bayona hasta el Rosario de Cúcuta en 1820, pasando por las elecciones quiteñas para la Junta Central y las Cortes gaditanas. Sobre este tema particular, a los autores les interesan las definiciones de la ciudadanía (quiénes estaban habilitados para votar y quiénes para ser elegidos); el mecanismo electoral, ya fuera directo o indirecto (lo segundo fue por lo general el caso, con la notable excepción de las elecciones para los diputados de Angostura); la proporción entre electores y elegidos según el procedimiento indirecto (por lo general notablemente paritaria: el 3 de septiembre de 1820 quince electores se reunieron en la Angostura de Guayana para elegir a cinco diputados al congreso constituyente del Rosario de Cúcuta); y, en contrapartida, la sorprendente movilización ciudadana en las elecciones primarias: en la poco poblada y dispersa provincia de Guayana votaron 598 ciudadanos por 298 candidatos.
Almarza y Cabrera no dudan en concluir que en el Rosario de Cúcuta, el 6 de octubre de 1821, maduró en efecto un gobierno popular y representativo. Esto sucedía al cabo de un intenso proceso de negociaciones de la soberanía, creación de nuevos cuerpos políticos y diversos procesos electorales, todo ello hecho posible y aun necesario por la renuncia de los reyes en Bayona en abril de 1808 y la consecuente crisis de la monarquía hispánica. El proceso no fue lineal, pues la ciudadanía no aumentó a cada ocasión: fue menos generosa en 1820, para Cúcuta, de lo que lo había sido para Angostura. Las elecciones constitucionales de Quito en 1813 fueron inusitadamente amplias para todos los varones españoles mayores de edad, definición que incluyó a los indios, pero no así a pardos, libertos, sirvientes, locos, convictos ni mujeres.
En fin, el voto siempre fue censitario (restringido en función de la propiedad, la profesión o la renta, y entre alfabetos en el caso de las elecciones secundarias y de los magistrados por elegir) y en ningún momento del período cubierto por Vecinos, ciudadanos, diputados y municipios existió el sufragio universal. Aún así, concluyen Almarza y Cabrera, la representación política y su persistencia durante el período colombiano (1821-1830) y en la historia política de sus repúblicas hijas de Ecuador, Venezuela y Colombia fue uno de "los elementos más revolucionarios de la independencia americana". Habrían podido concluir que fue el más revolucionario de todos.
No escapan a los autores una serie de consecuencias y ciertas reservas importantes. Lo más sorprendente de esta historia de la representación política colombiana es el hecho de que ocurrió al fragor de la guerra. Más que verse impedidas por la violencia, la arbitrariedad y la incertidumbre, la soberanía popular y la representación política se revelaron victoriosas en la guerra continental a que se vieron abocadas las revoluciones de independencia hispanoamericanas. Una y otra, así como las elecciones que les eran concomitantes, ya hemos dicho que en su mayor parte indirectas y censitarias, también se revelaron capaces "de ordenar, controlar y disciplinar la participación [política] de la sociedad". Es decir, fueron formas de control social y diseños exitosos en el mantenimiento de un orden en sociedades marcadamente desiguales. Finalmente, concluyen Almarza y Cabrera, esa "cultura política moderna" perduró en las repúblicas hijas de Colombia. En otras palabras, la independencia hispanoamericana fue posible tanto gracias a la guerra como a la evolución histórica acelerada (1808-1824) de una cultura política basada en la soberanía popular, la representación política y las elecciones periódicas y en ocasiones multitudinarias, pero siempre férreamente reglamentadas, nunca universales y escrutadas por una minoría en control.