Extorsión, (trans)feminicidio y trabajo sexual trans en un contexto (pos)pandemia: Alternativas de reparación en el caso de Jéssica Martínez 33-43
Extortion, (Trans)Femicide, and Trans Sex Work in a (Post)Pandemic Context: Alternatives for Reparation in the Case of Jéssica Martínez
a Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador, Quito, Ecuador
Recepción: 15/04/2024 • Revisión: 22/04/2024 • Aceptación: 20/05/2024
https://doi.org/10.32719/29536782.2024.2.3
Resumen: La pandemia de COVID-19 agudizó las condiciones materiales de vida de las mujeres trans en Ecuador, especialmente las trabajadoras sexuales. El aumento del proxenetismo y la extorsión, la venta forzosa de drogas y el pago de vacunas al crimen organizado se han tomado esquinas, plazas, barrios y cuerpos de mujeres trans, hasta llegar al punto máximo de violencia: el (trans)feminicidio. Este texto brinda datos sobre el aumento de homicidios intencionales y su relación con el aumento de muertes violentas a mujeres trans y personas LGBTIQ+. Finalmente, se toma como estudio de caso el transfeminicidio de Jéssica Martínez, activista trabajadora sexual trans, para revelar la victimización secundaria y la falta de debida diligencia en las investigaciones penales en estos casos, así como para plantear las alternativas que tienen sus compañeras trabajadoras sexuales a la hora de imaginar una reparación colectiva.
Palabras clave: (trans)feminicidio, trabajo sexual trans, victimización secundaria, reparación colectiva, COVID-19
Abstract The COVID-19 pandemic worsened the material living conditions of trans women in Ecuador, especially sex workers. Among them are: the increase of pimping, extortion, forced sale of drugs, payment of vaccines to organized crime that has taken corners, squares, neighborhoods and bodies of trans women, reaching the peak of violence: (trans)femicide. The text provides data on the increase of intentional homicides and their relationship with the increase of violent deaths of trans women and LGBTIQ+ people. Finally, the (trans)feminicide of Jéssica Martínez, a trans sex worker activist, is taken as a case study to reveal the secondary victimization and the lack of due diligence in criminal investigations in these cases; as well as to propose alternatives for her fellow sex workers to imagine a collective reparation.
Keywords: (trans)femicide, trans sex work, secondary victimization, collective redress, COVID-19
Cecilia, una transexual joven que para entonces bordeaba los treinta años de edad, ejercía la prostitución en la avenida Colón y Almagro; salía en la noche y llegaba al sitio donde se encontraban mujeres afros que también trabajaban en el comercio sexual. En el lugar trataba siempre de ocultarse tras las prostitutas afros para no ser detenida por la policía, porque tenía la sensación de que existía una consigna para detener y apresar solo a travestis y transexuales por considerarlos delincuentes y drogadictos.
Purita Pelayo
Los códigos penales ecuatorianos entre 1837 y 2014 nunca tipificaron la prostitución o el trabajo sexual como delito. Lo que sí ha sido sujeto de control y sanción punitivo ha sido la rufianería (1837-1998), el corrompimiento de jóvenes (18371998), el proxenetismo (1998-2005), la explotación sexual (2005-2014) y la trata de personas (2005-actualidad). Este escenario estatal no punitivo no significa que las condiciones laborales del trabajo sexual sean justas para que mujeres cisgénero y trans accedan a salud, seguridad social, el respeto de su integridad personal, entre otras, por parte del Estado ecuatoriano.
El abordamiento estatal respecto al trabajo sexual no ha sido en razón de garantizar sus derechos laborales o la integridad personal, sino a partir del control epidémico y la subordinación moral:
Las trabajadoras sexuales empezaron a tener importancia para el Estado con el aparecimiento de varias personas infectadas por las enfermedades de transmisión sexual como VIH-sida, sífilis, etc., que se las veía como un problema de salud pública porque era como un atentado para la sociedad.[ii]
Actualmente, las únicas normativas de aplicación relacionadas con el trabajo sexual son el reglamento de 2014 para el control y funcionamiento de los establecimientos donde se ejerce el trabajo sexual[iii] y el manual de 2017 sobre atención integral en salud a personas que ejercen el trabajo sexual.[iv] Son declarativas, porque reconocen el riesgo laboral ligado a la violencia de género;[v] sin embargo, en Ecuador las muertes violentas a mujeres trans han aumentado a partir de la pandemia del COVID-19,[vi] junto a nuevas dinámicas de extorsión y muerte en el ejercicio del trabajo sexual trans[vii], lo que denota las violencias particulares que estas personas viven.
Parte del entorno habitual del trabajo sexual de las mujeres trans —a diferencia de lo que comúnmente ocurre en el caso de las mujeres no trans y de los hombres— son las miradas de desprecio, las burlas y las agresiones verbales; el lanzamiento, desde coches en movimiento, de cohetes encendidos, botellas, vasos con orines, huevos y de toda clase de objetos; las corretizas para molestar, asustar y golpear; las palizas colectivas y el asesinato. Estas conductas son manifestaciones del odio de género y social que los agresores varones sienten contra las trabajadoras sexuales trans.[viii]
La pandemia agudizó el empeoramiento de las condiciones de vida de mujeres trans en Ecuador, especialmente trabajadoras sexuales: “Con la pandemia se ha dado una precarización aún mayor del trabajo sexual por supervivencia, como se ve por ejemplo en la oferta sexual a cambio del pago de arriendo para garantizar vivienda”.[ix] El aumento del proxenetismo y la extorsión, la venta forzosa de drogas y el pago de vacunas al crimen organizado se han tomado esquinas, plazas, barrios y cuerpos de mujeres trans como “botines de guerra”,[x] hasta llegar al punto máximo de violencia: el (trans)feminicidio.
El 3 de septiembre de 2022, alrededor de las 22h00, en Ambato, a sus 37 años de edad, Jéssica Michelle Martínez, oriunda de Chone, afroecuatoriana, mujer trans, trabajadora sexual y defensora de derechos humanos de la Asociación Nueva Esperanza, murió a causa de once disparos de arma de fuego, mientras caminaba en la calle para ejercer el trabajo sexual.
La Asociación Nueva Esperanza es una organización de derechos humanos con personería jurídica, de base comunitaria, que llegó a estar conformada por alrededor de veinte mujeres trans trabajadoras sexuales.[xi] Su incidencia política en Ambato se ha enfocado en la defensa de la calle como espacio para ejercer el trabajo sexual, la denuncia de discursos de odio en contra de trabajadoras sexuales trans, el acceso a salud sin discriminación, la prevención del VIH, entre otras. A nivel nacional fueron parte del Pacto Trans, en el marco de la Campaña #GéneroEnMiCédula (2013) y de la Marcha Nacional Trans (2021).
Nueva Esperanza había visibilizado durante los últimos años que el Estado ecuatoriano, a través de la fuerza pública, no cumplía con su rol de brindar seguridad, sino que mantenía prácticas de criminalización a trabajadoras sexuales:
[L]a Policía Nacional no cumple con su deber de garantizar una vida libre de violencias, una vida segura. Jéssica recuerda que, por años, de forma reiterada, han pedido resguardo policial para ejercer su derecho al trabajo sexual, pero se les niega la protección. Y cuando emiten alguna alerta a la Policía Nacional, son las primeras en ser retiradas de la calle.[xii]
Además de rechazar la discriminación estatal, Jéssica, como vicepresidenta de la Asociación Nueva Esperanza, fue enfática en rechazar las amenazas de extorsión[xiii] de parte del crimen organizado, que desde el año 2022 amenazaban contra su integridad personal y el derecho al trabajo de ella y sus amigas trabajadoras sexuales en Ambato. La extorsión operaba a través de los pagos conocidos como vacunas, que son valores monetarios a cancelarse de forma diaria, semanal o mensual para mantener una plaza, como en el caso del trabajo sexual, a lo que se agregó la venta forzosa de droga.
En redes sociales, Jéssica manifestó que temía por su vida. De hecho, estaba próxima a autoexiliarse debido a lo peligroso que se volvió ejercer el trabajo sexual. Sin embargo, no lo logró. La noche de su muerte salió a trabajar; en días anteriores había tenido una intervención quirúrgica y necesitaba dinero para su subsistencia y recuperación. Tania Benalcázar, exsecretaria de Nueva Esperanza y amiga de Jéssica, quien hoy en día trata de mantener vivo su legado y su memoria, la recuerda:
Jéssica Martínez se ha catalogado como una persona de carácter fuerte, una persona que no dejó pasar las cosas que no ha visto bien, que ha alzado la voz, ha sido una persona que no ha permitido las injusticias con las compañeras trans trabajadoras sexuales […]. Una muerte demasiado inhumana porque no le dieron la oportunidad a correr, los impactos de bala le pegaron en los lugares más vulnerables para que no pudiera socorrerse, no le dieron oportunidad, querían que desapareciera.[xiv]
La tasa de homicidios intencionales es un indicador anual que se usa para medir los niveles de violencia que atraviesa un país. El resultado indica por cada cien mil habitantes cuántas muertes violentas ocurren en un tiempo determinado. En Ecuador el cambió ha sido drástico en los últimos años.
Elaboración propia a partir de estadísticas de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), Statista, el Ministerio del Interior y la Policía Nacional del Ecuador.
En 2016, Ecuador llegó a la tasa de homicidios intencionales más baja desde 1990 (5,83 por cada 100 000 habitantes).[xv] Desde los estudios de ciencia y tecnología se explica este descenso por la ejecución de políticas que descentralizaron la seguridad y por el aumento en inversión social e infraestructuras:
Entre 2007 y 2017, el régimen descentralizó competencias transfiriendo funciones a gobiernos locales y desconcentró el aparato estatal ampliando servicios gubernamentales en territorio. En una década el gobierno construyó hidroeléctricas, carreteras, puertos, escuelas, refinerías, universidades y hospitales. En materia de seguridad pública construyó tres cárceles y multiplicó estaciones de policía, adquirió patrulleros, radios, tecnologías de la comunicación y sistemas de videovigilancia.[xvi]
A partir de 2019 inicia el incremento de la tasa (6,84). Esta data es previa a la declaratoria de la pandemia por COVID-19 en Ecuador y el mundo, momento que marca el inicio de un drástico aumento de la mano de políticas neoliberales en los gobiernos de Lenín Moreno y de Guillermo Lasso, cuando la tasa se duplicó porcentualmente cada año. En 2021 fue de 14,02 y en 2022,[xvii] de 25, con 4603 muertes violentas. Por su parte, 2023 cerró con 7592 muertes violentas y una tasa de homicidios intencionales de 42,6 por cada 100 000 habitantes,[xviii] la más alta de Sudamérica.
Figura 2.- Muertes violentas a mujeres trans y personas LGBT+ en Ecuador
Elaboración propia a partir de los informes Runa Sipiy 1990-2022, de la asociación Silueta X.
La asociación Silueta X, a través de sus informes Runa Sipiy,[xix] determina que entre 1990 y 2019 existieron 97 muertes violentas a mujeres trans. Durante y después de la pandemia por COVID-19 se ve un incremento: en 2020 se registraron 8 muertes violentas a mujeres trans (57 % del total); en 2021, 10 muertes (67 % del total); en 2022, 16 muertes (64 % del total); y en 2023, 18 muertes (66,66 %). Lo anterior demuestra un mayor índice de mortalidad a mujeres trans dentro de las personas LGBTIQ+.
Ecuador atraviesa retos estructurales para desmontar las redes de crimen organizado, garantizar la seguridad integral y erradicar las extorsiones al trabajo sexual. La Red Comunitaria Trans realizó una denuncia pública en su cuenta de Instagram, en la que señaló que las “vacunas” en el país “van desde los $ 500 mensuales, pasando por cuotas diarias de $ 5 o del pago de $ 20 semanales”. Las víctimas directas de este crimen son las trabajadoras sexuales (trans) en situación de no regularización (calle), las migrantes y las dueñas de peluquerías.
El Estado, a través del Poder Legislativo, ha intervenido para un cambio social a través de un paquete de reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP): en su art. 185 se expande el poder punitivo del Estado al introducir circunstancias en que la condena podría ser de siete a diez años de privación de libertad y el pago de multas de entre 20 y 48 salarios básicos. Además, los medios de extorsión se aumentan para incluir la imposición “de cualquier forma o por cualquier medio, inclusive a través de medios digitales, electrónicos o el uso de panfletos, hojas volantes o similares, a realizar u omitir un acto, pago, entrega de bienes, depósitos”.[xx] Por último, la reforma reconoce que este acto delictivo puede ser parte del accionar u operatividad de la delincuencia organizada.
De acuerdo con el Ministerio del Interior, “en 2022 se registraron más de 4500 denuncias sobre este delito; de esta cifra, 1105 casos fueron resueltos”;[xxi] es decir, un 24,5 %, lo cual indica que el trabajo estatal no es efectivo. Queda entonces la duda de si la reforma penal —que suele traducirse en populismo penal para los Estados— resulta eficaz en medio de la crisis carcelaria que atraviesa el país desde febrero de 2021. “Es la década de mayor hacinamiento en prisiones y de menor inversión […]. El nudo de la inseguridad no puede instrumentalizarse para justificar la expansión de un modelo de muerte”.[xxii]
Lamentablemente, el pago de vacunas dentro del trabajo sexual es algo que ahora ocurre en todo el país. En Cuenca, al sur de Ecuador, se ha optado por desistir de acceder a la justicia y denuncia pública porque no existen garantías de seguridad:
Las autoridades no han prestado oídos, hemos sido abandonadas a nuestra suerte. […] Asesinadas prácticamente por estas mafias, sin una forma de defendernos, de poder estar a salvo. Si ponemos una denuncia pública corremos el riesgo de que nos suceda algo, e incluso también a nuestras familias. Estamos abandonadas por parte del gobierno. Se iba a hacer mesas de trabajo […] con el Ministerio del Interior, la Defensoría del Pueblo y otras instituciones más, pero hasta ahora, oídos sordos […]. No podemos hacer plantones porque todas corremos el riesgo, no mostramos el rostro. Ellos son bandas organizadas, no podemos gritar a los cuatro vientos.[xxiii]
Las violencias y la discriminación que experimentan las mujeres trans en sus diferentes ciclos de vida y en la búsqueda de justicia durante sus muertes son el cúmulo de prácticas de expulsión, exclusión y marginación desde el Estado y la sociedad cisexista, que como categoría tensiona los privilegios en relación a personas cisgénero: “En él, las personas cis (es decir, aquellas que no son trans) detentan privilegios que no se reconocen como tales, sino que se asimilan al orden natural”.[xxiv]
Las muertes violentas tienen distintas formas de adecuarse a los tipos penales contenidos en el COIP, ya sea por asesinato, homicidio, femicidio o sicariato, entre otras. En la plataforma FemicidiosEC del Consejo de la Judicatura,[xxv] entre el 27 de febrero de 2014 y el 5 de mayo de 2024 constan 755 mujeres como víctimas de femicidio. Asumimos que ninguna muerte es de una mujer trans, ya que dentro de la caracterización de las víctimas no existen las categorías identidad de género y/u orientación sexual; ergo, la data corresponde a mujeres cisgénero y heterosexuales.
A pesar de que en Ecuador la administración de justicia reconoce como víctimas a mujeres trans dentro de los procesos penales, eso no significa que sus muertes violentas sean materialmente justiciables. El COIP, en su art. 141, reconoce la condición de género, que rebasa la noción de mujer biológica y reconoce la identidad de género como característica de la víctima. Sin embargo, los problemas son el acceso a la justicia, la falta de debida diligencia en la investigación penal y la errada interpretación normativa o los prejuicios que tienen la Policía, la Fiscalía, los juzgados y los tribunales penales que conocen de los casos.
La Red Comunitaria Trans señaló en su cuenta de Instagram que la Fiscalía, la Policía Nacional y la Defensoría del Pueblo fueron alertadas desde 2020 de las amenazas y extorsiones que vivía Jéssica Martínez. Sin embargo, no dieron respuesta.
Ahora tu nombraste la temática de Jéssica. ¿Qué pasó con ella? Nosotras, como trabajadoras sexuales, como población trans, no venimos pidiendo y exigiendo garantías a nuestras vidas apenas desde hoy. Nosotras ya lo hemos hecho desde hace mucho tiempo, obviamente sin ninguna etiqueta, porque la mayoría desconocíamos esos temas […]. Nos parece fundamental que no las sigan prostituyendo desde su imagen y su dolor.[xxvi]
Asimismo, Tania Benalcázar recapitula cómo Jéssica se acercó a la Secretaría de Derechos Humanos, a la Policía Nacional, a la Fiscalía y a la Defensoría del Pueblo, y recuerda con un nudo en la garganta y decepción lo que un servidor público les dijo:
Que si queremos denunciar a estas personas y queremos meternos a buscar el inicio de la madeja, nos demos cuenta de que es algo muy peligroso, que no solo correrían peligro las cabezas de nosotras, sino de la entidad pública que se vería emergida. Salimos de la Defensoría del Pueblo con un mal sabor de boca, con una tristeza de saber que desde las mismas autoridades emerge el miedo y el temor. Francamente ponen su trabajo ahí porque se prepararon y ganan un dinero, no porque hacen que se cumpla la ley, de poner la mano fuerte.[xxvii]
El caso de Jéssica es una muestra de la inacción estatal y, por ende, de su responsabilidad. Su muerte fue un (trans)feminicidio por omisión. “Los (trans)feminicidios y travesticidios son el extremo de un continuum de violencias que sufren mujeres trans por ejercer su identidad de género femenina autopercibida”.[xxviii]
Frente a muertes violentas es importante identificar circunstancias que podrían devenir como victimización secundaria desde el Estado, y cómo estas deben ser abordadas dentro de la reparación. En el caso de Jéssica, de manera exploratoria parecería que la omisión estatal se sustentó en prejuicios cisexistas y que ocurrió en dos momentos.
Primero, cuando Jéssica estaba con vida, la Justicia se abstuvo de recibir su denuncia. Ahí operó un prejuicio: ella no tuvo credibilidad en su relato al ser una mujer trans trabajadora sexual. Por ello, la Fiscalía no inició una investigación penal, lo que reforzó la victimización secundaria. “Hay un choque frustrante entre las legítimas expectativas de la víctima y la realidad institucional […]. La víctima no encuentra apoyo y el sistema judicial mantiene la pauta de interacción que la provoca”.[xxix]
Segundo, a partir de su muerte, la Asociación Nueva Esperanza fue silenciada.
Para las compañeras, desde que suscitó [el transfeminicidio de Jéssica] quedó ese temor, ese miedo. Cada una comenzó a viajar a sus lugares natales. Nosotras también, por lo que suscitó, nos dimos un tiempo de descanso de la organización, dejamos de hacer eventos que habíamos programado como directiva y como fundación.[xxx]
El Estado no les garantizó su derecho a ejercer el trabajo sexual, ni un acompañamiento psicosocial durante y luego del duelo, ya que para 2024 Tania reitera que
las chicas no se han pronunciado si quieren seguir con la organización, nada, nada. De mi parte les he dicho estoy disponible cuando quieran seguir el legado de Jéssica, no dejar perder y hacemos una nueva directiva. Creo que la organización se mantiene en stand-by.[xxxi]
Por otro lado, el lento y negligente avance de las investigaciones penales en muertes violentas de mujeres trans evidencia que el Estado no incluye a las amigas/compañeras del entorno como víctimas indirectas que también necesitan protección, verdad y reparación. Se repite entonces un escenario de victimización secundaria donde ellas son borradas.
En el levantamiento del cadáver esa noche, me supo disponer el policía que me estaría llamando a entrevistar, nos encontramos en la morgue, me realizó unas simples preguntas y me dijo era una muerte por sicariato, no por odio, porque francamente les han querido hacer amedrentar para que paguen una vacuna.[xxxii]
Luego de esa comunicación del 4 de septiembre de 2024, Tania comenta que no llegó a tener ningún otro acercamiento respecto a la investigación de Jéssica hasta inicios de 2024, cuando recibió una llamada de un policía.
Ahora que murió otra chica en Ambato, ahí mejor se comunicó conmigo un policía para ver si tuvo que ver con algo de las personas que expenden estupefacientes y le hayan matado, pero nunca, nunca, supo decir “Vea, sabe que el caso de Jéssica va así, o se ha encontrado así”, nada, nada, nada.[xxxiii]
El Estado ecuatoriano, a través de la Policía, tiene una comprensión limitada del concepto familia, que, para el caso de personas trans, “debe ser comprendido en su más amplio espectro para garantizar el reconocimiento de los vínculos afectivos diversos”.[xxxiv]
El proceso penal con el número de delito 180101822090070, a cargo de la Fiscalía de Garantías y Personas de Tungurahua, no ha avanzado. Hasta el momento no existen indicios sobre la persona o personas sospechosas que dispararon y quitaron la vida a Jéssica. Resulta evidente que sin un tejido social activo desde Nueva Esperanza, el caso puede caer en la impunidad, ya que los días pasan y la fase de investigación tiene una duración máxima de dos años. Caso contrario, Fiscalía puede solicitar el archivo, lo que “implica dejar sin castigo a culpables de crímenes o delitos, que afectan a individuos y grupos sociales, que se imponen en forma repetida y dominante, generando incertidumbre a propósito de la confianza en el proceso político social”.[xxxv]
Estas dinámicas de olvido que se producen dentro de la administración de justicia legitiman la impunidad con la que el crimen organizado extorsiona y mata a trabajadoras sexuales trans. En este contexto de falta de diligencia dentro de las investigaciones penales, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ha señalado que
[c]uando este Tribunal ordena que se investiguen penalmente los hechos del caso, con el objeto de que estos no queden en impunidad y que las víctimas puedan obtener la justicia que hasta entonces les ha sido denegada, corresponde al Estado adoptar de forma inmediata las medidas necesarias para que dicha reparación no se torne ilusoria. No puede este tratar dicha investigación penal como cualquier otra, sino que debe darle una atención prioritaria y adoptar medidas especiales para garantizar que la causa tenga el mayor impulso posible, en tanto con ello se busca la reparación de las víctimas del caso.[xxxvi]
Asimismo, en el caso de Vicky Hernández y otras vs. Honduras, que aborda la muerte de una trabajadora sexual y lideresa trans que perdió su vida durante un estado de excepción, la Corte IDH señala:
a) la falta de debida diligencia en las investigaciones; b) la inobservancia del principio del plazo razonable en las investigaciones sobre la muerte de Vicky Hernández; c) la falta de seguimiento de las líneas lógicas de investigación; d) la falta de participación de las familiares de Vicky Hernández en las investigaciones; e) la existencia de obstáculos normativos para llevar a cabo las investigaciones; f) las obligaciones específicas en la investigación de casos de violencia contra las mujeres —incluidas las mujeres trans— que no fueron aplicadas en el presente caso, y g) la discriminación por aplicación de estereotipos y por llevar a cabo una investigación sin enfoque de género.[xxxvii]
Para la comprensión de cómo ocurren las muertes violentas a personas LGBTIQ+, en específico de mujeres trans, se debe tener como antecedente que en sociedades prejuiciadas las barreras y exclusiones estructurales propias de un sistema cisheteropatriarcal se observan ante la dificultad para ejercer derechos básicos como educación, vivienda y trabajo, sumado a la temprana expulsión del hogar.
Con este contexto podemos hablar de la necesidad de iniciar un proceso de intervención comunitaria con las compañeras de la Asociación Nueva Esperanza que “implica, por tanto, una posición que atraviesa no solo lo teórico y la intervención misma, sino también un lugar ontológico, ético-político, epistemológico y metodológico”.[xxxviii]
En términos de intervención se tendría en cuenta que en paralelo al proceso penal, o con su archivo, se debe llevar adelante una rehabilitación psíquica para afrontar el miedo que generan la extorsión y el duelo.
Pienso que la cosa más reparatoria es que se den ese tiempo de decir “Queremos juntar a las chicas que pertenecían a esta organización”. Preguntar “¿Cómo están?, ¿cómo les va?, ¿necesitan un proceso de psicología?, ¿si viven y están con temor?”. En todo el Ecuador y ciudades pasa que cobran, francamente en todo el país; todos los lugares donde hay trabajo sexual de calle está siendo pagando, no es gratis, como uno cogía y se paraba en calle y era beneficio para su familia o uso personal. Ahora tienes que pagar para estar ahí, sino verás cómo te sobrevives en la vida.[xxxix]
Esta atención psicosocial debe ser prioritaria y especializada[xl] por parte de la Fiscalía y la Defensoría del Pueblo para construir una reparación a partir de la acción participativa de las trabajadoras sexuales trans. Sin embargo, se debe tener en cuenta la realidad que atraviesa el Ecuador:
[L]a carencia de profesionales de medicina, psicología y de trabajo social sensibilizados, que atiendan a las víctimas de manera integral durante el proceso de reparación. No existe un compromiso institucional ante la dignidad de las víctimas. Adicionalmente, no hay políticas de seguimiento a las medidas implementadas, ni después de la reparación integral, justamente para sostenerlas y comenzar una fase de desvictimización que les permita a las víctimas insertarse en la sociedad.[xli]
Otro actor que debería tener un rol protagónico en el trabajo interinstitucional para la reparación es la Subsecretaría de Diversidades del Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos, ya que, al tener servidoras y servidores públicos de la población LGBTIQ+, puede propiciar acercamientos de pares. Además del conocimiento técnico y un presupuesto adecuado, podría activar protocolos dentro del sistema de protección para derivar las necesidades de las víctimas a las carteras de Estado pertinentes y cocrear políticas tendientes a implementar garantías de no repetición.
Por otro lado, es importante consolidar el empoderamiento personal desde la dimensión subjetiva/individual para afrontar el duelo de la muerte de Jéssica y llegar a una posible sanación en sentido colectivo. Aquí la memoria juega un rol importante a ser trabajada como asociación: “Lo más justo sería un reconocimiento a su labor como activista y que eso sea participativo desde las mismas colectivas y colectivos LGBTI”.[xlii] Para ello, en la intervención podría pensarse en un trabajo transdisciplinar junto a artistas, profesionales de la psicología social y el trabajo social. “Así estos procesos conversacionales, donde emergen memorias compartidas, estos espacios grupales por la vía de la acción y la participación pública, se constituyen en escenarios colectivos y públicos”.[xliii]
Finalmente, basta decir que el impacto del trabajo psicosocial debe posibilitar que la asociación retome su trabajo a favor de los derechos humanos de trabajadoras sexuales y la población trans en Ambato, o que desde donde ahora ellas se encuentren puedan volver a construir incidencia social y política, así como comunidad a partir de los afectos, como lo venían realizando desde 2007.
Como ya se ha señalado, construir una reparación colectiva ante el aumento de la extorsión y el (trans)feminicidio por parte del crimen organizado en Ecuador depende mucho de la voluntad política del Estado, así como de la inversión social en el trabajo con víctimas y el acceso a la justicia. No obstante, para fortalecer el poder comunitario es necesario conocer alternativas que potencien la agencia que tiene la sociedad civil en un contexto pospandemia que demanda creatividad para sobrevivir.
Si bien la gestión estatal de la violencia la tiene el Estado a través de la fuerza pública militar y policial, bajo el objetivo de salvaguardar la seguridad e integridad de la ciudadanía, analizaremos dos teorías de acción transfeministas para abordar de manera alternativa la violencia transfóbica y la extorsión.
La primera es la de Bash Back, un grupo de transexualas racializadas y anarquistas estadounidenses que apostaban por la aplicación de una teoría insurreccionalista contra las políticas de asimilación,
basada en la presentación de cuerpos trans sin una función en el proceso de creación de capitales, que requiere de su propia identidad como trans, como mujer, como humana, una posibilidad de huelga humana, una huelga contra la violencia de género en nuestras vidas.[xliv]
Su reflexión plantea ponerse al frente y atacar a quienes ejercen violencia u opresión hacia su existencia, en contextos institucionales de policías racistas que se extralimitan en sus funciones, de ataques racistas, homofóbicos y transfóbicos de grupos de ultraderecha y fascistas que violentan y matan, o de un sistema punitivo que encarcela a sus integrantes como presos políticos.
Es importante decir que estas alternativas a la justicia ordinaria pueden ser tangibles y relacionarse con la construcción de una memoria colectiva. Por ejemplo, el libro Ultraviolencia queer es una compilación de memoria histórica de las acciones del movimiento Bash Back que en la actualidad son fuente de consulta, inspiración y transmisión de saberes para la comunidad trans, y de disidencia sexual a nivel mundial.
La segunda es la colectiva transfeminista española Medeak, que ejerce una política de autogestión desde la resistencia transfeminista contra la patologización biomédica de las identidades trans:
Los cuerpos diagnosticados como mujeres al nacer —así como otros cuerpos expropiados— tienen el mismo derecho a ser temibles, y también les corresponde saber pegar y defenderse […]. No se trata de reproducir la misma violencia que criticamos, no se trata de convertirnos en los “amos”. Más bien se trata de generar estrategias propias de defensa y gestión de la violencia que no pasen necesariamente por llamar a la Policía y al Estado para que nos salve de lo insalvable.[xlv]
Estas posturas disidentes buscan otras formas no solo de la gestión de la violencia, sino de la justicia para sus víctimas, que pasan por una construcción comunitaria y colectiva del autocuidado que se resume en devolver el golpe. En una lógica de intervención psicosocial, podríamos decir que se busca a través de la subjetividad individual repensar una resistencia ética-política comunitaria en cómo las víctimas o sobrevivientes se reintegran al lugar en donde una compañera ha sido asesinada, lo que ha desarticulado sus proyectos de vida. Aquí es fundamental poner el foco en sus propias necesidades.
Poner en el centro la defensa, no solo la acción física del golpe, sino como fin político estrategias para disputar la calle contra el Estado y las personas vacunadoras:
Tener un ambiente de trabajo tranquilo les permite negociar mejor los precios y los servicios sexuales y sentirse con poder frente al cliente; reconocer que son trabajadoras les permite profesionalizarse y saber más claramente qué servicios sexuales están dispuestas a ofrecer, a quién y en qué condiciones.[xlvi]
Ecuador atraviesa un aumento exponencial de la tasa de homicidios intencionales a partir de la pandemia del COVID-19 y de la aplicación de políticas de corte neoliberal que han reducido la inversión social. La extorsión que viven las mujeres trans en el ejercicio del trabajo sexual es un ejemplo material que va de la mano con el aumento acelerado de muertes violentas de personas LGBTIQ+, especialmente mujeres trans.
La justicia de corte cisexista, desde su institucionalidad, atraviesa omisiones que provocan una primera victimización: no tomar en cuenta denuncias de amenazas y extorsión, así como la instauración de una necropolítica en los cuerpos de mujeres trans con el subregistro de (trans)feminicidios por omisión o delitos de odio con muerte. Además, se evidencian características comunes respecto a la victimización secundaria hacia compañeras trabajadoras sexuales sobrevivientes, tanto al no ser reconocidas como víctimas como en la pérdida de credibilidad hacia la administración de justicia, que sistemáticamente les niega derechos y que aumenta la sintomatología emocional negativa de pertenencia a sus asociaciones.
Una primera alternativa ante el fracaso de la justicia formal puede ser revertir la búsqueda única de la justicia punitiva —que, como se observa, no avanza desde los procesos penales, con lo que genera impunidad— para (re)pensar posibilidades de recuperar la calle desde una militancia de resistencia a través de la acción psicosocial, que “comprende como una mirada, una perspectiva y, al mismo tiempo, una forma de enfocar la realidad que posibilita escenarios de actuación”.[xlvii] Se daría entonces un paso más allá, a través de la transformación de las personas, su sentido en colectivo y su contexto: un camino hacia una posible justicia transformadora.
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Notas
[i] Abogade y licenciade en Ciencias Políticas y Sociales por la Universidad de Cuenca. Especialista en Derechos Humanos con mención en Reparación Integral por la UASB-E. Productore radial del programa Sin Etiquetas, en 96.1 FM.
[ii] Mónica León, El trabajo sexual como actividad laboral en Ecuador (Quito: UASB-E, 2019), 38, https://tinyurl.com/2t4uxctn.
[iii] Ecuador Ministerio de Salud Pública (MSP), Reglamento para el control y funcionamiento de los establecimientos donde se ejerce el trabajo sexual, Registro Oficial 301, Suplemento 31 de julio de 2014.
[iv] Ecuador MSP, Manual de atención integral en salud a personas que ejercen el trabajo sexual, Registro Oficial 66, Suplemento, 23 de agosto de 2017.
[v] Ibíd., 42-4
[vi] Diane Rodríguez, Runa Sipiy. Informe 2023: Transfemicidios y asesinatos LGBT+ (plus) (Quito: Asociación Silueta X, 2023 ), 4, https://tinyurl.com/52f6ry6e.
[vii] Diego Rivas, “‘Ya no tenemos derecho ni a la calle’: La realidad de las mujeres trans frente a la violencia del crimen organizado”, Edición CientoOnce, 23 de mayo de 2023, https://tinyurl.com/3x7kskyj.
[viii] Angie Rueda, “El trabajo sexual trans”, Dfensor. Revista de Derechos Humanos 1 (2011): 33, https://tinyurl.com/586uhk3v.
[ix] María Amelia Viteri, “Informe final. Consultoría: Diagnóstico de las necesidades de las personas LGBTI en situación de movili-dad humana, en las ciudades de Quito, Guayaquil y Manta; incluyendo la variable coyuntural de impacto de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19”, Diálogo Diverso, 15 de julio de 2020, 64, https://tinyurl.com/29vt9w7c.
[x] Rita Segato, La guerra contra las mujeres (Madrid: Traficantes de Sueños, 2016), 160.
[xi] Carmen Ortiz, Diagnóstico organizacional y situacional de 10 organizaciones LGBTI en 6 provincias de Ecuador (Cuenca: Fundación Sendas, 2017), https://tinyurl.com/5y9ssskx.
[xii] María Lourdes Ramos, “Estrategias para afrontar las violencias, en construcción”, La Periódica, 7 de junio de 2022, párr. 2, https://tinyurl.com/2jxsx9d4.
[xiii] Daría #LaMaracx, “Que tu voz resuene alto, Jéssica Martínez”, La Periódica, 6 de septiembre de 2022, https://tinyurl.com/3mxfa
[xiv] Tania Benalcázar, entrevistada por el autor, 5 de septiembre de 2023
[xv] Banco Mundial, “Homicidios intencionales (por cada 100 000 habitantes)-Ecuador”, Banco Mundial, accedido 22 de mayo de 2023, https://tinyurl.com/ycy6vc59.
[xvi] EthnoData, “La infraestructura policial y las tasas de muertes violentas”, EthnoData, 2019, https://tinyurl.com/5n7nssey.
[xvii] Mario González, “Zapata: 35 nuevas UPC deberían estar listas a finales de junio de 2023”, Primicias, 23 de marzo de 2013, https://tinyurl.com/39wpz3wc.
[xviii] Statista, “Número de homicidios intencionados cometidos por cada 100 000 habitantes en Ecuador de 2010 a 2023”, Statista, accedido 7 de abril de 2024, https://tinyurl.com/4k4dp3k6.
[xix] Disponibles en https://siluetax.org/logros.
[xx] Ecuador, Código Orgánico Integral Penal, Registro Oficial 279, Suplemento, 29 de marzo de 2023, art. 185.
[xxi] Ecuador Ministerio del Interior, “Denuncias de ‘vacunas’ se canalizarán a través de las líneas 1800 DELITO Y 1800 EXTORSIÓN”, Ministerio del Interior, 22 de diciembre de 2022, https://tinyurl.com/yy6xf85t.
[xxii] Cristina Burneo, “Contra el sentido común carcelario”, Dialoguemos, 14 de octubre de 2021, párr. 8-9, https://tinyurl.com/3y4yrz9w.
[xxiii] Trabajadora sexual trans de Cuenca, entrevistada por el autor, Sin Etiquetas, FM 96.1, 11 de septiembre de 2022, 10:49, https://tinyurl.com/2mp8cx5v.
[xxiv] Blas Radi y Alejandra Sardá-Chandiramani, “Travesticidio/transfemicidio: Coordenadas para pensar los crímenes de travestis y mujeres trans en Argentina”, Acta Académica, 2016, 4, https://tinyurl.com/45xjfdtm.
[xxv] Ecuador Consejo de la Judicatura, “FemicidiosEC”, Ecuador Consejo de la Judicatura, accedido 9 de junio de 2024 , https://tinyurl.com/yrns7urx.
[xxvi] Odalys Cayambe, “Ellos hablan de diversidad, pero yo hablo desde mi propia realidad”, en Muros: Voces anticarcelarias del Ecuador (Quito: Kikuyo Editorial, 2022), 174.
[xxvii] Tania Benalcázar, entrevistada por el autor, 5 de septiembre de 2023.
[xxviii] EthnoData, “¿Por qué los femicidios de mujeres trans no son considerados femicidios?”, EthnoData, accedido 13 de abril de 2023, https://tinyurl.com/hyv4jfc2.
[xxix] Carlos Reyes y Gina Benavides, “Victimización secundaria: Efectos psicosociales y legales en personas que presentan procesos judiciales prolongados”, en Perspectiva psicosocial de los derechos humanos, comp. José Antonio Virseda, Juan López, María Amparo Miranda y José Manuel Bezanilla-Sánchez(Toluca, MX: Universidad Autónoma del Estado de México, 2018), 280-1.
[xxx] Tania Benalcázar, entrevistada por el autor, 5 de septiembre de 2023
[xxxi] Tania Benalcázar, entrevistada por el autor, 14 de mayo de 202
[xxxii] Tania Benalcázar, entrevistada por el autor, 5 de septiembre de 2023
[xxxiii] Tania Benalcázar, entrevistada por el autor, 14 de mayo de 202
[xxxiv] Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Avances y desafíos hacia el reconocimiento de los derechos de las personas LGBTI en las Américas (Washington DC: CIDH, 2018)
[xxxv] Carlos Portillo, “Impunidad: ¿memoria u olvido?” (ponencia, Seminario Internacional “Impunidad y sus efectos en los procesos democráticos”, Santiago de Chile, 14 de diciembre de 1996), párr. 1, https://tinyurl.com/bdf7xvey.
[xxxvi] Corte IDH, “Supervisión de cumplimiento de sentencia”, Caso Ximenes Lopes vs. Brasil, 28 de enero de 2021, párr. 29, https://tinyurl.com/48p22bak.
[xxxvii] Corte IDH, “Sentencia de 26 de marzo de 2021 (fondo, reparaciones y costas)”, Vicky Hernández y otras vs. Honduras, 26 de marzo de 2021, párr. 104, https://tinyurl.com/4hp2w7e7.
[xxxviii] Juan David Villa, “La acción y el enfoque psicosocial de la intervención en contextos sociales: ¿Podemos pasar de la moda a la precisión teórica, epistemológica y metodológica?”, El Ágora USB 12, n.° 2 (2012): 353, https://tinyurl.com/5h34s3ed.
[xxxix] Tania Benalcázar, entrevistada por el autor, 5 de septiembre de 202
[xl] Ecuador, Constitución de la República del Ecuador, Registro Oficial 449, 20 de octubre de 2008, art. 35
[xli] Andrés Aguirre et al., Ecuador sin justicia, sin verdad, sin reparación: Diez años de la Comisión de la Verdad (Quito: Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos [INREDH], 2019), 86, https://tinyurl.com/28u6upzw.
[xlii] Tania Benalcázar, entrevistada por el autor, 5 de septiembre de 2023
[xliii] Villa, “La acción y el enfoque psicosocial”, 360.
[xliv] Fray Baroque y Tegan Eanello, Ultraviolencia queer: Una antología de Bash Back (San Francisco, US: Ardent Press, 2013), 95.
[xlv] Medeak, “Violencia y transfeminismo: Una mirada situada”, en Transfeminismos: Epistemes, fricciones y flujos, coord. Miriam Solá y Elena Urko (Tafalla, ES: Txalaparta, 2013), 78.
[xlvi] Cristina Garaizábal, “Feminismos, sexualidades, trabajo sexual”, en Transfeminismos: Epistemes, fricciones y flujos, coord. Miriam Solá y Elena Urko (Tafalla, ES: Txalaparta, 2013), 65
[xlvii] Villa, “La acción y el enfoque psicosocial”, 362.