Editorial
75 años de la Declaración Universal de los Derechos Humanos
El 10 de diciembre de 2023 se conmemoraron 75 años de la aprobación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) por parte de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), razón suficiente para recordar este hito a través de este número conmemorativo de la revista Andares. Pero antes, vale hacer memoria: el 2 de septiembre de 1945 finalizaba la Segunda Guerra Mundial, la cual significó un parteaguas en la historia de la humanidad, pues dejó ver los horrores a los que las personas podían ser sometidas en plena “modernidad”. Por ello, las naciones del mundo emprendieron la carrera por la construcción de un marco jurídico —e incluso político— que protegiera a la humanidad e impidiera la repetición de las crueldades de la guerra, especialmente aquellas basadas en la desigualdad y la discriminación racial.
Por ello, en 1946, en la primera sesión de la Asamblea de la ONU, se examinó el primer documento, “Hoja de ruta”, que buscó garantizar los derechos de todas las personas en cualquier lugar del mundo y en todo momento. Más adelante, la Asamblea remitió el documento al Consejo Económico y Social para que, a su vez, fuera transmitido a la Comisión de Derechos Humanos, instancia que preparó el texto definitivo a discutirse. La Comisión estuvo integrada por 18 miembros de diversas formaciones políticas, culturales y religiosas, e impulsó una metodología democrática cuyos avances fueron puestos a consideración, revisión y redacción de los Estados parte de ONU. Finalmente, el 10 de diciembre de 1948, en París, la Asamblea General de la ONU aprobó la DUDH como la expresión de un “consenso global” para garantizar la dignidad humana, la libertad e igualdad de todas las personas.1 Este documento, de valor político y jurídico y de carácter vinculante, implicó un rediseño de los sistemas jurídicos nacionales e internacionales en procura de la paz y la dignidad.2
A pesar de lo anterior, dicho relato institucional y formal no basta para comprender la dimensión sociohistórica de los derechos humanos y sus implicaciones en el ejercicio y titularidad respecto de las y los sujetos de derechos y, en las responsabilidades que se plantea a los Estados miembros. En efecto, para dar cuenta y aproximarnos a nociones más críticas y actuales de los derechos humanos deben, al menos, notarse dos problemas: primero, pensar los derechos humanos como si se tratara de fórmulas jurídicas que solo una élite técnica —que responde a una cultura formalista e institucionalizada— es capaz de entender e incluso de “administrar”; segundo, el desprendimiento y las dificultades de permeabilidad que los derechos humanos exhiben en las esferas distintas a las técnicas, públicas e institucionalizadas. De este modo, “[n]uestros derechos […] únicamente se garantizan cuando una norma los positiviza y cuando un cuerpo de funcionarios pertenecientes al Estado los hace operativos entre reflexiones doctrinales de apoyo, dándoles curso a través de garantías concretizadas por medio de políticas públicas y sentencias judiciales”.3
En ese sentido, queda claro que la separación sistemática existente entre lo que se dice y lo que se hace sobre derechos humanos4 da cuenta del mayor reto que actualmente enfrentan nuestras comunidades. De esto, pueden distinguirse al menos cuatro aspectos que requieren reflexión: 1. la temporalidad; 2. la protección; 3. el compromiso social; y 4. el vínculo de extensión y actualización de los derechos humanos respecto de la naturaleza. El primero evidencia una tendencia a considerar que los derechos humanos cobran relevancia únicamente con posterioridad a la vulneración de uno o varios de ellos, ante lo cual la reflexión se concentra mayormente en la activación de medios procesales (por ejemplo, administrativos y judiciales) en sede estatal, y no tanto en la promoción y prevención de transgresiones a derechos humanos. Entonces, a pesar de que han transcurrido 75 años de la DUDH, aún no se observa la suficiente permeabilidad de los derechos humanos en las esferas de la cotidianidad.
El segundo aspecto, en correspondencia con el primero, pone de manifiesto que el ejercicio y la protección de derechos humanos constituyen parte de las responsabilidades de los Estados, aunque con escasa claridad e involucramiento de actores por fuera de las esferas estatales para entender, valorar y proteger derechos. Pareciera ocurrir un desentendimiento sobre la relevancia de los derechos humanos en las instituciones y los espacios que no son estatales y tienen una menor visibilidad de figuras puramente jurídicas. En este punto, resulta clave una lectura crítica de los derechos humanos que involucre a distintos actores y que genere nuevas condiciones, para promover tal reflexión. Un tercer elemento a reflexionar consiste en una revalorización y actualización de las distintas concepciones —liberales, conservadoras, comunitaristas y disidentes, entre otras— de lo que implican los derechos humanos y cuán comprometidos estamos como individuos y colectivos con los principios sobre los que debería exhibirse un consenso social, para dotarlos de nuevos contenidos y sentidos. Esto permitiría, además, generar esfuerzos para desmontar los discursos desacreditadores de los derechos humanos que están surgiendo en los actuales contextos de crisis política, económica, social y de seguridad.
Por último, un cuarto aspecto supone la inversión de un sujeto independiente de a un elemento parte de la naturaleza, e implica valorar a entes o habitantes no humanos como un sistema en el que todos dependemos unos de otros por conexidad. La comunidad no es solo humana: está ampliada y en ella habitan elementos que construyen la vida. Cada vez aparece con mayor fuerza el reconocimiento de los derechos de la naturaleza, aun cuando esta discusión, con mayor claridad, resulta eminentemente latinoamericana. Algunas propuestas actuales a debatir buscan correlacionar derechos humanos y derechos de la naturaleza de un modo universalista.
Evidentemente, estos cuatro aspectos no agotan la discusión sobre los derechos humanos, pues aparece una multiplicidad de retos que enfrentar. Sin perjuicio de ello, lo anterior traza un panorama actual de los derechos humanos frente al problema de lo que se dice y lo que se hace, y nos exige buscar alternativas para materializar en todas las esferas de la existencia lo que el primer considerando de la DUDH refiere: que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana. A esto último, se añade aquí a la comunidad ampliada, de la que forman parte todos los seres y elementos que reproducen y construyen la vida.
A partir de lo anterior, el objetivo de este monográfico de Andares tiene como propósito repensar los derechos humanos de modo crítico. Para tal fin, se incluyen diversas discusiones y alternativas que evidencian la vigencia práctica de los derechos humanos en la vida de los individuos, del Estado, de la comunidad y de la naturaleza. En ese sentido, el número presenta cinco artículos que exponen precisamente lo señalado anteriormente: diagnósticos, metodologías y propuestas para identificar —y resolver— los boquetes entre lo que se dice y se hace en materia de derechos humanos.
En el primer artículo, titulado “¿Campo de concentración o colonización? Breves reflexiones sobre derechos humanos hoy”, Marcos de Jesus Oliveira reflexiona sobre dos paradigmas de la discusión relativa a los derechos humanos: el del “campo de concentración” y el de la “colonización”. El primero sería aquel que opera mediante el mecanismo de la soberanía en los Estados-nación, a partir del cual se puede matar a ciertas vidas bajo ciertas circunstancias, y que se apalanca en la exclusión como fenómeno político. El segundo configura una crítica a la noción europea de universalidad de los derechos humanos, cuando aún se observan “zonas colonizadas” y “zonas colonizadoras” en las que los derechos humanos tienen cierto sentido para los colonizadores y otro(s) para los colonizados. Oliveira concluye sugiriendo la necesidad de un diálogo interepistémico entre los dos paradigmas como una manera de ampliar las gramáticas de la dignidad humana.
El segundo artículo, “Educación para la ciudadanía en un mundo volátil: Defensa frente al necroconstitucionalismo”, de Efrén Guerrero Salgado, analiza cómo en los últimos años las situaciones de crisis (por ejemplo, estados de excepción y de emergencia) se han convertido en lo ordinario, lo que ha provocado el asentamiento de discursos que alientan la invalidez de los derechos humanos y ha permitido reducir a las personas a un conjunto de recursos fácilmente sustituibles o cuya existencia se regula dependiendo del marco del conflicto, con tal de satisfacer ciertas necesidades en apariencia “urgentes”. Según el autor, esto es algo que el derecho no ha sido capaz de afrontar con solvencia, lo que trae la aceptación social de “dictaduras constitucionales” o “violencia legal”, con lo cual para cierta parte de la ciudadanía da lo mismo un régimen democrático que uno no democrático. Esto último se demuestra, por ejemplo, con los más de 250 días de estado de excepción en El Salvador, entre otros casos. Para afrontar esta problemática, Guerrero propone un cambio en el modelo educativo, con contenidos mínimos que permitan a la ciudadanía apropiarse y entender sus textos fundamentales.
En el tercer artículo, titulado “El camino de verdad, justicia y reparación de las familias víctimas de las masacres carcelarias en Ecuador”, de Fernando Bastias Robayo, se presenta la situación de las personas privadas de libertad en los centros de rehabilitación social de Ecuador y la de sus familias frente a las masacres carcelarias y las distintas violaciones a derechos humanos que están informándose. El trabajo hace una revisión de las causas de la crisis carcelaria, los derechos de las personas en situación de vulnerabilidad y de sus familiares, y acude a testimonios de víctimas para dar cuenta de las dificultades que afrontan los parientes de las personas privadas de libertad, en un contexto en que el Estado, como custodio y administrador del régimen carcelario, es responsable por varias acciones y omisiones que tornan a las cárceles en lugares extremadamente violentos.
El cuarto trabajo, que es de autoría de Johan Sebastian Lozano y María Fernanda Jaimes, se titula “Extractivismo, naturaleza y pueblos indígenas: Abordaje jurisprudencial a partir de la posición de la Corte Constitucional de Colombia sobre el derecho a la consulta previa”. En él se examina cómo la jurisprudencia de la Corte Constitucional de Colombia ha amparado y desarrollado los derechos de los pueblos indígenas, particularmente en lo relacionado con la consulta previa y en el afianzamiento de conceptos como el de pluralismo social. El estudio incluye un recorrido por las líneas jurisprudenciales y sentencias hito de esta Corte sobre derechos de pueblos indígenas, extractivismo y justicia ambiental.
El quinto artículo, de Janina Fernanda Suárez Pinzón y Jorge William Tigrero Vaca, titulado “Metodologías para la reducción de xenofobia aplicadas en prácticas preprofesionales con comunidades juveniles venezolanas”, analiza técnicas para disminuir la xenofobia en prácticas preprofesionales, principalmente con comunidades juveniles venezolanas, en el contexto de las acciones implementadas por la Universidad de las Artes de Guayaquil, Ecuador. El trabajo explica la crisis de violencia en esa ciudad y expone sus vínculos con los flujos migratorios en Ecuador. Una vez planteada la problemática, se presenta la metodología “Respiramos inclusión en los espacios educativos”, que consiste en atender cuatro ejes: el primero, relacionado con el reconocimiento de las identidades de un ser humano; el segundo, con las percepciones individuales y grupales frente a las percepciones sobre la diversidad; el tercero, con la justicia y la igualdad social; y el cuarto, con el cambio personal y grupal. La aplicación de la metodología demostró que se pueden utilizar herramientas didácticas para ayudar a la reducción de la xenofobia.
El segundo bloque del número contiene dos reseñas: la primera, escrita por Elizabeth Bravo, hace un recorrido por los cinco tomos de un proyecto titulado Investigaciones comunitarias de la naturaleza: 1. Comunidades autoras en defensa de la naturaleza; 2. Conversemos de soberanía alimentaria, agronegocio y agricultura campesina; 3. Tiempo de desastres; 4. Mujeres en resistencia; y 5. No más zonas de sacrificio. Se remarcan los logros de los peritajes realizados por expertos y expertas comunitarios para realizar diagnósticos sobre los puntos señalados en relación con la naturaleza.
Por su parte, la segunda reseña, escrita por Anna Pedrolli, sintetiza algunas reflexiones y propuestas presentadas en el “I Congreso Internacional de Derechos Humanos y Derechos de la Naturaleza: Avances, límites y nuevos desafíos”, celebrado del 7 al 9 de diciembre de 2023, mismo que fue organizado por el Programa Andino de Derechos Humanos de la Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador, el Instituto de Investigación en Igualdad de Género y Derechos de la Universidad Central del Ecuador, la Universidad Internacional del Ecuador, Acción Ecológica y CEDENMA. Su reseña se enfoca en una discusión relacionada con los derechos de la naturaleza y la perspectiva europea, para lo cual indaga en presupuestos descriptivos desde la antropología, la normatividad y la cultura.
Las y los invitamos a que estos trabajos formen parte de sus reflexiones y quehaceres en derechos humanos, en pos de contribuir a generar espacios que involucren a más actores.
Coordinador del número y del Programa Andino de Derechos Humanos
Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador
1. ONU, “Declaración Universal de Derechos Humanos: Historia de la Declaración”, Naciones Unidas, accedido 6 de marzo de 2024, https://tinyurl.com/3pe62u98.
2. Originalmente, la inspiración filosófica de los derechos humanos en la época de su celebración formal fue de origen kantiano, y se entendía a la dignidad humana en el sentido de ser siempre un fin y nunca solo un medio.
3. David Sánchez Rubio, Derechos humanos instituyentes, pensamiento crítico y praxis de liberación (Madrid: Akal, 2018), 28.
Referencias
ONU. “Declaración Universal de Derechos Humanos: Historia de la Declaración”. Naciones Unidas. Accedido 6 de marzo de 2024. https://tinyurl.com/3pe62u98.
Sánchez Rubio, David. Derechos humanos instituyentes, pensamiento crítico y praxis de liberación. Madrid: Akal, 2018.