Derecho salvaje: Un manifiesto por la justicia de la Tierra, de Cormac Cullinan, traducido por Ramiro Ávila Santamaría
a Universidad Industrial de Santander, Colombia
https://doi.org/10.32719/29536782.2023.1.9
El libro Derecho salvaje (Wild Law), de Cormac Cullinan, ha sido uno de los últimos que he leído en el marco de mi tesis doctoral, pero realmente debería haber sido uno de los primeros. Al principio lo busqué en físico, puesto que su carátula negra con letra dorada —en la edición traducida al castellano bajo la dirección de Ramiro Ávila Santamaría— llamó mi atención. Sin embargo, opté por comprarlo en formato epub a través de Amazon para no demorar más su lectura.
¿Qué puede una persona pensar cuando escucha o lee el título Derecho salvaje?, ¿En qué sentido se usa “salvaje”? ¿Será como lo que sucede con la expresión “capitalismo salvaje”? ¿Se referirá a los animales? ¿Hablará de la normativa de los sitios que albergan a animales que han sido denominados así? ¿Se trata de un adjetivo calificativo negativo para indicar los yerros del derecho o quizás de una rama del derecho, como el derecho ambiental o el derecho animal? Desde las páginas preliminares inicia el camino y se va aclarando el sentido de “salvaje” con respecto al derecho y en forma general. No obstante, no se tratará la connotación de selva o estilo primitivo que tiene esta palabra en alguno de sus sentidos en lengua castellana, y que además ha sido un factor de la separación que en la actualidad los seres humanos hacer con respecto a la naturaleza, al contraponer “salvaje” a “civilizado”.
Teniendo en cuenta que una institución es una categoría, concepto o macroconcepto fundamental en las sociedades, es importante para Cullinan que uno de los objetivos de su obra sea propiciar un cambio estructural en el concepto, la función y el quehacer del derecho como institución. Para ello, establece relaciones y características entre tres conceptos: de mayor a menor, gran derecho, derecho de la Tierra y derecho salvaje. El derecho salvaje depende del derecho de la Tierra, y el derecho de la Tierra depende del gran derecho como especie que es de él. El derecho salvaje se basa en el supuesto según el cual la naturaleza es y debe ser la fuente primaria de la filosofía y del derecho. Es una propuesta disruptiva a pesar de lo obvio que debiera ser, e implica que las especies tienen derechos por serlo —gracias al gran derecho—, aunque no se encuentren consagrados en los textos jurídicos.
El gran derecho está “escrito” en cada aspecto del universo. Todo lo relativo a nuestra especie —el tamaño de nuestro cerebro, la forma de cada diente y nuestro sentido de la belleza y el color— se ha formado por nuestra interacción con el universo y con las plantas, los animales y los microbios con los cuales hemos danzado. Pues bien, ¿cómo ha sido y cómo debería ser un derecho que represente los intereses de la naturaleza?
Aceptar que el derecho de los humanos deba ser subsidiario del gran derecho puede parecer amenazante […]. ¿Cuáles son entonces las repercusiones de las características principales del universo (esto es, del gran derecho) para el desarrollo del derecho de la Tierra?1
Esta es una cuestión principal a lo largo del escrito. Por ello, Cullinan realiza una historia de lo que ha sido el derecho en la modernidad, de sus alcances y los que considera sus desaciertos para ponerlo o ubicarlo como una institución que no puede primar por encima de la naturaleza, sino que existe a causa de ella. De esta forma, propone al gran derecho como una categoría más general que lo que usualmente se conoce por derecho —que, por cierto, no debe confundirse con las leyes, ya que estas son solo una de sus fuentes y no todo él—. Se reitera que el gran derecho, y por consiguiente el derecho de la Tierra y el derecho salvaje, tienen como fuente primaria al libro de la naturaleza misma. Este no será el libro preferido de aquellas personas o instituciones que se encuentran en una escuela meramente exegética o positivista, según la cual el derecho tiene una pretensión de neutralidad e inocuidad para con la naturaleza. El autor es directamente acusativo por la falta de protección a la vida que se encuentra en la institución del derecho; en efecto, sostiene,
las acciones más peligrosas y dañinas de los seres humanos, esas que matan o amenazan con exterminar otras formas de vida o incluso los sistemas que sostienen la vida en la Tierra, ni siquiera son reconocidas como crímenes. No sé de ningún país que prohíba lo que podría llamarse biocidio o ecocidio.2
Con este y otros argumentos, el paradigma de bondad y neutralidad del derecho se descubre como una pretensión que no acostumbra convertirse en realidad.
Otra finalidad del texto es cuestionar el tratamiento que el derecho ha concedido a las corporaciones, empresas o personas jurídicas que abusan de la personalidad otorgada a ellas, al no ser siquiera entes físicos sino de ficción. Se trata de una ficción jurídica muy beneficiosa para los grandes intereses económicos, pero no para la protección y el reconocimiento de la naturaleza. En efecto, a estas corporaciones se las trata con todos los derechos posibles y se les ha otorgado esta categoría de persona sin serlo, mientras que a la naturaleza se la deja en una categoría de inferioridad e instrumentalidad. “¿Vale la pena el grado de destrucción social y ambiental que causan las corporaciones a cambio de los beneficios que supuestamente brindan, particularmente cuando las ventajas llegan solo a una pequeña minoría?”.3 La respuesta a esta pregunta —que no es retórica— determinará los caminos a seguir.
Cullinan es muy directo con la persona lectora y en cada momento la está haciendo pensar, cuestionarse y sentir muchas cosas. El texto es rico en experiencias, anécdotas y datos históricos de la vida del autor, en cuanto a las luchas y desafíos que ha emprendido junto con otras personas, comunidades o instituciones e iglesias amigas. Cuando se lee Derecho salvaje se disfruta la acción lectora y el diálogo de interlocución. Sea cual fuere la problemática que se explica, la experiencia con respecto al libro es muy interesante, sugestiva y propositiva. Quizás esto representa un contraste frente a la típica literatura y el usual estilo jurídicos.
En medio de todo ello, algo muy importante es la experiencia de escritura del autor, que se conecta con la experiencia de lectura del lector:
Lo mejor de haber escrito Derecho salvaje ha sido la posibilidad de contactarme con gente maravillosa que me ha estimulado e inspirado, ha discutido y reído conmigo, en un proceso que me ha convencido de que esta es la compañía.4
Esto es algo que comparto plenamente desde mucho antes de haberlo leído, contrario a la idea generalizada según la cual detrás de cada escrito hay una persona encerrada en un cuarto garabateando en solitario o en interlocución única con sí misma. No siempre es así.
Así y todo, lo ameno del lenguaje no quita ni morigera lo riguroso y lo denunciativo: “En nuestro mundo del siglo XXI, a los seres incorpóreos se les dio un poder descomunal e inmensamente ilimitado para dominar y explotar prácticamente cada uno de los elementos de la Tierra”.5 Juntamente con lo anterior, está la permanente reflexión acerca de las relaciones en la naturaleza, la forma en que cada quien se relaciona con el ambiente, con otras personas y con los seres no humanos. Es así como Cullinan describe la separación tajante que la misma humanidad ha realizado con respecto a la naturaleza como algo que está por fuera de él y para él. Señala que los seres humanos han decididamente participado en “la construcción de un ‘mundo humano’ ilusorio que está separado del universo real […]. Hemos vivido tanto tiempo dentro de esta homósfera artificial, respirando sus mitos de supremacía humana, que ahora es más real para nosotros que la misma Tierra”.6
El de derecho de la Tierra es el concepto intermedio que señala la existencia de derechos que siguen siéndolo aunque no estén contemplados en los diferentes ordenamientos jurídicos. Incluye a todos los seres y sus relaciones, y no solo a los humanos:
También he usado ocasionalmente el término “derecho de la Tierra” con el fin de enfatizar la distinción entre un derecho fundamental de un miembro de la Comunidad de la Tierra, derivado del universo, y otros derechos creados por nuestros sistemas jurídicos.7
En efecto, una condición para la existencia de los derechos humanos es que la Tierra también tenga derechos, y que los seres vivientes no sean considerados como objetos o mercancías sino como dignos de cuidado y reconocimiento. Cabe una advertencia: en algún momento de la lectura alguien podría pensar que entonces hay que volver a algún modo de vida no actual en donde no se pueda, deba o tenga que accederse a las facilidades o adelantos tecnológicos. Pues bien, no es esto lo que el autor propone, sino
el desarrollo de una ética ambiental ampliamente aceptada o centrada en la Tierra […], debemos esforzarnos por incorporar prácticas en nuestras vidas que consideremos beneficiosas tanto para nosotros como para la Tierra, y que sean sostenibles en el sentido de que podamos mantenerlas.8
Finalmente, ¿cómo es (y para qué) el derecho salvaje propuesto por Cormac Cullinan? Hay que observar que su visión del derecho corresponde más a un monismo que a un pluralismo jurídico, por ello la importancia del cambio estructural que propone:
Tiende a enfocarse más en las relaciones y en los procesos que pueden fortalecerlas, que en resultados o “cosas” como la propiedad. Protege a la naturaleza y a la libertad de las comunidades de vida para autorregularse. Su objetivo es incentivar el pensamiento creativo y diverso antes que imponer uniformidad. El derecho salvaje abre espacios en los que ideas diferentes y poco convencionales pueden brotar, acaso florecer y quizás recorrer su camino y morir.9
Entonces se pueden entrever al menos tres características: el enfoque en las relaciones y no en las cosas; el respeto a los sistemas de conocimientos, modos de vida y normas locales de las comunidades; y el desarrollo de la creatividad e innovación que permitan hacer visibles y posibles mejores caminos que los andados. Lo salvaje no solo se refiere a la naturaleza, a lo silvestre y a lo natural, sino que también es una metáfora para representar todo aquello vital, creativo, pasional, eterno y sagrado en cada ser y en sus relaciones con la naturaleza.
La voz de Cullinan se escucha fuerte y clara cuando se refiere a los paradigmas científicos y epistemológicos de Occidente: “El aprendizaje en los libros y la racionalidad científica solo pueden llevarnos tan lejos como hemos llegado hasta ahora”.10 Es decir, debe escucharse la voz de diferentes culturas, naciones y pueblos, comunidades locales u originarias y otras cosmovisiones o modos de vida buena.
Por ejemplo, con respecto al concepto de río. ¿Qué es un río? Pues bien, significa cosas distintas aun dentro de un mismo Estado o geografía, y la gobernanza debe intentar reconocerlo. De ahí la importancia de su propuesta, según la cual “necesitamos una diversidad de marcos morales, con diferentes principios y enfoques. Esto no implica que cualquier marco moral o ético sea apropiado, sino solo que en esto también deberíamos reconocer y respetar la importancia de la diversidad”.11 Se trata de un principio que valoro y reconozco desde que escuché del autor, antes de haber tenido la experiencia de leerlo. Se siente como si a través de él se leyera a muchas personas, o como si varias de sus líneas hubieran sido expresadas por otras con anterioridad, lo que indica la principalidad bibliográfica de Derecho salvaje.
1. Cormac Cullinan, Derecho salvaje: Un manifiesto por la justicia de la Tierra, trad. Ramiro Ávila Santamaría (Londres: Green Books, 2019), loc. 2091, libro electrónico.
Referencia
Cullinan, Cormac. Derecho salvaje: Un manifiesto por la justicia de la Tierra. Traducido por Ramiro Ávila Santamaría. Londres: Green Books, 2019. Libro electrónico.